Acompaño una reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia, a propósito en la forma en la que se construyen las “mayorías” en los Tribunales colegiados.
En este caso, la Corte dejó sin efecto una sentencia por considerar que no había un acto judicial válido.
Lo hizo adhiriendo al dictamen del Procurador.
Básicamente dijo que el voto de la mayoría de los jueces/juezas debe exhibir una sustancial coincidencia en los fundamentos.
La Corte recordó que las sentencias de los tribunales colegiados no pueden concebirse como una colección o sumatoria de opiniones individuales o aisladas de sus integrantes, sino como el producto de un intercambio racional de ideas.
Les dejo la sentencia en este enlace.