La sentencia que compartimos está muy pero muy buena. Tiene varios puntos interesantes.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata tuvo que dictar un fallo en una causa donde se explica claramente la distinción entre contrato y relación de consumo, en la que se vio involucrada una persona con discapacidad.
Además, resulta súper interesante ver la valoración que hacen los jueces en cuanto a las actuaciones administrativas que se habían presentado en la oficina municipal y como operan en relación a la interrupción de la prescripción.
Otro punto es la prueba del hecho discriminatorio y quien debe probar ese acto.
Aunque en lo personal, lo que más me gustó, fue el razonamiento que se llevó adelante en cuanto a la actuación del progenitor del menor con discapacidad y como esa representación en sede administrativa tenía eficacia interruptiva respecto de ambos damnificados.