Te dejo copia de la Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, dando un plazo de 90 días para implementar este cambio.
Básicamente se dispone que las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina, desde ahora los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios.
En ningún caso se encuentran cubiertos por esta cláusula el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”
La resolución la descargas en este enlace.