Buscando dotrina y jurisprudencia para una causa en la que intervengo, ambas partes fijaron en un contrato de mutuo, la fijación de la vía ejecutiva para el caso de incumplimiento (sin la firma de un pagaré).
Pero…¿las partes tienen la posibilidad de “crear” títulos ejecutivos de común acuerdo y a pesare de que no están fijados por ley?
Pues bien, te dejo una resolución de la Cámara Nacional en lo Comercial -Sala B- que dijo que los títulos ejecutivos están señalados por la ley y que el pacto de vía ejecutiva, contenido en el documento es insuficiente para determinar la existencia de título ejecutivo válido cuando no concurren los presupuestos concernientes a la estructura y función del juicio ejecutivo, habida cuenta que la fuerza de aquél debe surgir de la ley.
La resolución completa la descargas en este enlace.
Revisando un poco más, encontré publicado un muy buen trabajo de Ivan Di Chiazza que analiza con profundidad las dos posturas. Ese trabajo lo podes descargar en este link.