Les dejo una resolución dictada por el TSJ de Bilbao (España) que considera accidente de trabajo el sufrido por una trabajadora que concurre al Hospital (desde su trabajo) para ver al médico laboral.
Hay un interesante análisis de los requisitos para que se perfeccione el accidente “in itinere”.
La sentencia la podes descargar en este link.
Ese accidente acá en Argentina se llama intercurrencia, y tiene normativa propia que lo diferencia del in itinere (Resol. 1838/2014 SRT)