Hace no mucho tiempo, la Audiencia Provincial de Murcia (España) condenó a un hombre por un delito leve de amenazas.
Acá, una particularidad: los jueces dejaron en claro la importancia de conjugar adecuadamente los verbos para no delinquir.
El acusado fue condenado por decir a un menor “te voy a reventar la cabeza”, que no es lo mismo que su hubiese dicho “te hubiera (o hubiese) roto la cabeza”.
Por lo tanto, el uso de ese tiempo verbal expresa una amenaza directa ya que supone “el anuncio consciente de un mal futuro, injusto, determinado y posible, con el único propósito de crear una intranquilidad de ánimo, inquietud o zozobra en el amenazado”.
O sea, de haber usado el subjuntivo en vez del indicativo posiblemente no hubiera sido condenado por amenazas.
La noticia fue difundida por el diario Cinco días, de España. Y bajas la resolución completa en este link.