Los seguros de vida son fundamentales para darle una cuota de tranquilidad extra a las familias de aquellos encargados de alimentar a sus hijos mediante su trabajo. De no tener esta póliza, están expuestos a que un accidente no solo los deje sin su ser querido, sino que además haga peligrar el futuro de la familia.
A continuación te vamos a hablar sobre los temas legales de dichas pólizas y porque contratarlas si tenés tu propia empresa.
Seguros de Personas
Estas pólizas han sido diseñadas para proteger a la persona ante aquellos hechos que puedan afectar su salud o integridad de cualquier manera. Así, permiten que tanto la persona como su familia obtengan una seguridad financiera extra que podría ser de enorme alivio en caso de que algo malo ocurra.
Abarcan: seguro de vida, de salud, de accidentes personales, de sepelio, de retiro, y más. Es posible contratarlos de forma individual o también grupal.
Seguro de Vida
Por el lado del seguro de vida, este facilita el resguardo económico familiar ante diversas causas, sosteniendo la calidad de vida en caso de fallecimiento. Otro riesgo que contempla es si el cliente sufre invalidez total temporal o permanente por culpa de un accidente o enfermedad.
Al contratar seguro de vida, con ahorro o de retiro, vas a tener la facilidad de deducir una parte de su valor del impuesto a las ganancias. En el año 2019 se aumentó el monto de deducciones de primas para promover el ahorro.
Seguro de Vida con Ahorro
Contratar seguro de vida con ahorro les da a los beneficiarios una indemnización si es que el cliente fallece en una causa contemplada por la póliza, permitiendo que la familia pueda ahorrar dinero.
Seguros Mixtos
Este seguro garantiza el pago de X monto ya sea por muerte o supervivencia. Para que entiendas más fácilmente, si tenés la desgracia de fallecer les pagarán a tus seres queridos, pero si no te van a pagar a vos una vez concluido el contrato.
Combinan dos aspectos: el seguro por fallecimiento y el de supervivencia, siendo este último muy útil como método de ahorro.
Seguro de Retiro
Como podemos presuponer, estos se centran únicamente en el resguardo de capital a medida que pasen los años. Comprende dos etapas: ahorro y rentas. Con respecto a la primera, esta la vas a realizar en una cuenta bajo tu nombre y podrás retirar cuando quieras el dinero aportado.
En la de rentas no vas a tener la posibilidad de retirar en cualquier momento la plata, sino que se te va a abonar una suma periódica según la metodología acordada previamente. Este producto está íntegramente desarrollado a modo de complemento de la jubilación, porque en este país los jubilados ganan realmente poco y gracias a esta póliza pueden tener un ingreso extra muy importante.
En caso de tener una empresa, sí o sí debés contratar estos seguros
Los seguros de vida son obligatorios en todas las empresas que contraten personal según la Ley de Contrato de Trabajo o convenios particulares:
- El decreto 1567/74 indica que el seguro de vida obligatorio debe estar al día en caso que alguno de los empleados fallezca.
- ART (Ley 24557 de Riesgos de Trabajo): Mediante la ART el personal estará cubierto si sufre un accidente laboral o enfermedad.
También, según la actividad a la cual se dedique tu compañía podrían adicionarse estas pólizas:
- El Seguro de Vida Obligatorio para Actividades Rurales está indicado en la Ley 16.600, dándole mayor tranquilidad a la familia del empleado si este fallece o sufre de invalidez total y permanente.
- Convenio Mercantil (N° 130/75): Esta cobertura cubre muerte del empleado, invalidez por enfermedad o accidente, etc.
- Cobertura de Sepelio: Hace referencia al respaldo económico ante velorio, traslado del cuerpo, y más.
De no contar con todos estos seguros, estarás en permanente infracción y vas a tener que hacerte cargo vos si cualquiera de tus trabajadores sufre un accidente/enfermedad sin importar su gravedad.