El fallo “Sánchez de Oesterheld, Elsa Nélida c/ Editorial Columba S.A.”, dictado por la Corte Suprema en 1994, trata sobre los derechos de autor y los herederos del guionista Héctor Germán Oesterheld, creador de “El Eternauta”.
Se dio en el marco de una causa en la que, previamente, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal había confirmado la sentencia de primera instancia que había desestimado la acción de reivindicación de las marcas “El Eternauta” promovida por los herederos de Oesterheld y Francisco Solano López contra Ediciones Record y en cuanto había declarado la resolución de la cesión de derechos de autor sobre los dibujos de “El Eternauta” celebrada entre Solano López y Ediciones Record.
🧾 Resumen del caso:
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Hechos:
Elsa Nélida Sánchez, viuda de Oesterheld, demandó a la Editorial Columba por la publicación de obras de su esposo sin autorización. Reclamó daños y perjuicios por el uso no autorizado de historietas creadas por él. -
Derecho en juego:
Derecho de autor y sus herederos – Ley 11.723 (propiedad intelectual). -
Postura de la editorial:
Alegaron que contaban con derechos suficientes por contratos firmados con Oesterheld en vida, y que los materiales eran obra por encargo o cesión total de derechos. -
Decisión de la Corte Suprema:
Rechazó la postura de la editorial y le dio la razón a la actora. Destacó que:-
No se probó que Oesterheld hubiera cedido sus derechos de manera válida y definitiva.
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El derecho de autor es personalísimo y su transmisión requiere formalidades estrictas (por escrito y detallada).
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El derecho moral del autor es irrenunciable, y los herederos pueden reclamar por su violación.
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⚖️ Criterios jurídicos clave:
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La cesión de derechos de autor debe ser expresa, por escrito y limitada (no general).
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Las editoriales no pueden asumir que tienen todos los derechos solo por haber publicado las obras en el pasado.
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El derecho de autor subsiste después de la muerte del autor, y sus herederos pueden reclamar por usos indebidos.
📚 Importancia:
Este fallo es emblemático para la protección del derecho de autor en Argentina. Reafirma la idea de que el autor y sus herederos mantienen un fuerte control sobre el uso de la obra, incluso frente a grandes editoriales. También consolida la interpretación restrictiva de las cesiones de derechos.
Accede al dictamen fiscal en este enlace.
Y al fallo de la Corte Suprema en este link.