En el año 2005, el Tribunal de Apelación de Massachusetts (Estados Unidos) tuvo que decidir en qué circunstancias una “técnica sexual” podría ser considerada peligrosa.
Una pareja que llevaba varios años de relación, practicaba en forma “desenfrenada” el acto sexual, cuando la mujer -de manera repentina-, hizo una brusca maniobra que le FRACTURÓ EL PENE al hombre, que la demandó judicialmente.
El tribunal concluyó que era inapropiado e irrazonable que los adultos consientan tener un estándar de cuidado razonable en la conducta del comportamiento sexual consensual privado; pero que era apropiado que se les exigiera no participar en una conducta “desenfrenada o imprudente” entre sí durante dicha conducta sexual.
La sentencia la podes consultar acá. Desde ya, los nombres de las partes han sido “seudónimos” (no tengo que explicar por qué).