Una interesante sentencia de la Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata,, por las particularidades del caso.
Y de algo que sucede mucho.
Es de un robo de un vehículo, amparado claro, por el contrato de seguro.
El “lío” se armo porque la aseguradora dice que la actora incurrió en reticencia al no declarar en la póliza que el vehículo era utilizado con fines comerciales y que su lugar habitual era la ciudad de Mar del Plata. La actora, por su parte, afirma que la
camioneta no era utilizada con fines comerciales y que su lugar de guarda era la Laguna de los Padres, donde reside.
Y se pone un límite a los investigadores privados contratados por la aseguradora (en este caso Rivadavia Seguros).
Descarga la sentencia en este enlace.