El Tribunal Supremo español le dio la razón a la página llamada “ListaSpam” en el juicio que habían iniciado dos empresas de telemarketing, que la demandaron por publicar comentarios negativos de los usuarios respecto a sus técnicas de venta presuntamente “agresivas”.
La decisión del Tribunal Supremo, sienta jurisprudencia en el ordenamiento jurídico español y avala el derecho de los consumidores a manifestar en Internet su opinión sobre las prácticas de venta telefónica y a domicilio de este tipo de empresas.
Aunque los comentarios son altamente descalificatorios, cuentan con base fáctica suficiente y se enmarcan en un contexto de alarma social y debate público de trascendencia e interés para el público en general y para los consumidores en particular, especialmente para los más vulnerables, a los que pueden prevenir y alertar de las prácticas comerciales de venta a domicilio que son objeto de crítica.