Corte Suprema y punto de partida para el comienzo del plazo de prescripción.

Corte Suprema y cómputo de la prescripción.

En esta reciente sentencia del Alto Tribunal se dejó aclarado -una vez más- que para el casos de responsabilidad el punto de partida del plazo de prescripción debe computarse a partir del momento en que el damnificado tomó conocimiento real y efectivo de los daños cuya reparación reclama, sin que obste a ello la circunstancia de que los perjuicios pudieran presentar un proceso de duración prolongada o indefinida, pues el curso del plazo de la prescripción comienza cuando sea cierto y susceptible de apreciación el daño futuro.

Te dejo la resolución completa en este enlace.

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