Se trató de una demanda promovida por los daños sufridos por quien se resbalara en una escalera a la salida del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
La víctima se fracturó su muñeca derecha. La justicia dijo que existía una relación de consumo y por ende, una obligación de seguridad de resultado.
Se analiza la cuestión relativa a la carga de la prueba y la reparación integral. (CADA VEZ ES MÁS COMÚN LA UTILIZACIÓN DE HIPERVÍNCULOS EN LAS SENTENCIAS)