Ojo con esto, porque muchas veces el empleador “pone” al abogado que represente a los trabajadores…
En este caso se declaró la nulidad del acuerdo de extinción del contrato de trabajo celebrado en sede administrativa, por afectar el orden público laboral y haber sido instrumentado en fraude y simulación violando el principio de irrenunciabilidad de derechos establecidos por el art. 12 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué pasó? en un marco de despido masivo de trabajadores figura el mismo letrado patrocinando a mucho de ellos….por ende en este caso el consentimiento del actor a los términos de dicho acuerdo se encuentra evidentemente viciado al no contar con la debida asistencia letrada.
La resolución completa la descargas en este enlace.