Amigos y amigas hoy compartimos una reliquia jurídica comentada y en castellano.
El célebre caso RIGGS CONTRA PALMER fallado por el Tribunal de Apelaciones de New York.
Allí los jueces se debaten entre la aplicación de la ley, que guarda silencio, o la búsqueda de justicia e intereses superiores que permitan la entrega de la herencia a otros familiares.
El principal fundamento del fallo es una apelación a la máxima general y fundamental del Common Law: “a ninguno se le debe permitir beneficiarse de su propio fraude, o tomar ventaja de su propio error, fundar cualquier demanda sobre su propia iniquidad, o adquirir propiedad sobre la base de su propio crimen”.
Se discutía acerca de si un nieto que asesinó a su abuelo puede heredarle, situación no determinada por el derecho de sucesiones del Estado de Nueva York.
A ninguno se le debe permitir beneficiarse de su propio fraude o tomar ventaja de su propio error, fundar cualquier demanda sobre su propia iniquidad o adquirir propiedad sobre la base de su propio crimen. Estas máximas son dictadas por el orden público, tienen su fundamento en el derecho universal administrado, en todas las naciones civilizadas y en ningún lugar pueden ser sustituidas por las leyes.
Es ajustado a derecho